Del Directorio Diocesano de la Pastoral de los Sacramentos

1. En cada Parroquia es necesario que exista una acogida, si es posible realizada por unos matrimonios junto al sacerdote, de quienes desean y piden casarse por la Iglesia, capaces de crear un clima propicio para que los novios expresen con entera libertad lo que piensan y sienten sobre el sacramento del Matrimonio, y de analizar con ellos su madurez humana, así como su situación de fe y libertad, orientándoles sobre la totalidad del plan a seguir (CIC 1063, § 2-3).

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Cursos prematrimoniales

Los cursillos de preparación al matrimonio se imparten juntos, para todas las parroquias. Es impartido por el equipo de pastoral matrimonial de la parroquia.

Se celebra los meses de marzo y noviembre durante la segunda quincena. Consultar días.

Para la celebración del Sacramento consultar en el Despacho Parroquial.

Acudir a las parroquias

Lo primero: los novios deben ir a una de sus parroquias (a la del novio o a la de la novia).

Deben acudir con suficiente tiempo. Unos seis meses antes de la fecha prevista para la boda si los dos son de nuestra diócesis y viven en ella. Si uno de los dos es de otro lugar distinto de nuestra diócesis, es conveniente que acudan incluso con más antelación.

Expediente matrimonial

Son “los papeles de la boda”. Sin haber completado el expediente matrimonial unos novios no pueden casarse por la Iglesia.

Para realizarlo hay que llevar a dos testigos, mayores de edad, con carnet de identidad y que conozcan desde hace tiempo a los novios.

Documentos

  • Fotocopia del carnet de identidad.
  • Partida de bautismo (el interesado la puede pedir en la parroquia donde se bautizó).
  • Certificado literal de nacimiento (hay que pedirlo en el registro civil donde nació el interesado).
  • Certificado de fe y estado (se solicita en el registro civil de su localidad).
  • Si se han casado previamente por matrimonio civil: además de los documentos anteriores… Para casarse por la Iglesia con la misma persona debe presentar el certificado y copia del mismo del matrimonio civil que se expide en el lugar donde contrajeron matrimonio.
Qué hacer

Acudir a las parroquias

Lo primero: los novios deben ir a una de sus parroquias (a la del novio o a la de la novia).

Deben acudir con suficiente tiempo. Unos seis meses antes de la fecha prevista para la boda si los dos son de nuestra diócesis y viven en ella. Si uno de los dos es de otro lugar distinto de nuestra diócesis, es conveniente que acudan incluso con más antelación.

Qué es el expediente matrimonial

Expediente matrimonial

Son “los papeles de la boda”. Sin haber completado el expediente matrimonial unos novios no pueden casarse por la Iglesia.

Para realizarlo hay que llevar a dos testigos, mayores de edad, con carnet de identidad y que conozcan desde hace tiempo a los novios.

Qué documentos se necesitan

Documentos

  • Fotocopia del carnet de identidad.
  • Partida de bautismo (el interesado la puede pedir en la parroquia donde se bautizó).
  • Certificado literal de nacimiento (hay que pedirlo en el registro civil donde nació el interesado).
  • Certificado de fe y estado (se solicita en el registro civil de su localidad).
  • Si se han casado previamente por matrimonio civil: además de los documentos anteriores… Para casarse por la Iglesia con la misma persona debe presentar el certificado y copia del mismo del matrimonio civil que se expide en el lugar donde contrajeron matrimonio.